Escudo de la República de Colombia

Preguntas frecuentes en la etapa de trayectoria

¿Qué debe saberse con respecto a la evaluación de desempeño docente?
  • La evaluación al desempeño docente es un proceso permanente cuya finalidad principal es reconocer los logros académicos obtenidos por los profesores e identificar eventuales fallas que puedan ser corregidas oportunamente. Los tipos de evaluación son: anual, integral y especial.
  • La evaluación anual es la base para la asignación de los puntos salariales por evaluación del desempeño. Esta evaluación contrasta los compromisos del profesor en su Programa de Trabajo Académico y su Informe Anual de Actividades.
  • El Programa de Trabajo Académico es el instrumento a través del cual los profesores vinculados a la Universidad registran el plan de actividades que realizan durante la vigencia de dicho programa.
  • La evaluación integral considera la calidad del trabajo universitario del profesor a través de su compromiso institucional con la docencia, la investigación, la extensión y la administración académica.
  • La evaluación especial está establecida únicamente para la promoción a Profesor Titular y está orientada a analizar la trayectoria académica del profesor.

Acuerdo 123 de 2013 del CSU.
Acuerdo 23 de 2008 del CA.
Acuerdo 023 de 2005 del CSU.
Acuerdo 027 de 2012 del CA.
Resolución 1113 de 2015 de Rectoría.

Las promociones para ascender en el escalafón docente tienen unos requisitos por categorías. Los parámetros tenidos en cuenta son tiempo de vinculación, resultados de evaluaciones y acreditaciones académicas según aspiración de categoría. La promoción a Profesor Asistente y la promoción a Profesor Asociado es otorgada por el Consejo de Facultad o su equivalente. La promoción a Profesor Titular es otorgada por el Consejo Superior Universitario.

Acuerdo 123 de 2013 del CSU.
Acuerdo 074 de 2013 del CA.

Promoción del personal docente: ver Procedimiento U.PR.08.007.005.

De acuerdo con la capacidad de la planta docente, las necesidades de la Universidad, los intereses académicos y la disponibilidad del profesor, los Consejos de Facultad, o quien haga sus veces, pueden aprobar, a solicitud del docente, cambios de dedicación.

Acuerdo 123 de 2013 del CSU.
Cambio de dedicación: ver el Procedimiento U.PR.08.007.020.

¿Cómo se reconocen las distinciones?

A través de las distinciones la Universidad reconoce los méritos académicos excepcionales y los servicios sobresalientes de sus profesores y de personalidades externas. Las distinciones a nivel nacional son otorgadas por el Consejo Superior Universitario previo estudio y recomendación del Consejo Académico. Las distinciones de nivel sede son otorgadas por el Consejo de Sede. Las distinciones a nivel de Facultad son otorgadas por el Consejo de Facultad o su equivalente.

Acuerdo 123 de 2013 del CSU.
Acuerdo 133 de 2013 del CSU.

Para todos los efectos relacionados con el trámite de renovación de nombramiento de los profesores de carrera, es indispensable realizar la evaluación integral al término del período de nombramiento. El Director de la Unidad Académica Básica inicia oportunamente el trámite de renovación de nombramiento del personal académico de carrera, en la misma categoría y dedicación.

La Oficina de Personal reporta a las diferentes Unidades Académicas Básicas, con tres (3) meses de anticipación, la relación de los profesores de carrera que deben iniciar el proceso de renovación.

Los Directores de las Unidades Académicas Básicas informan a los profesores sobre los plazos para tramitar la solicitud de renovación de nombramiento. Los profesores de carrera inician el trámite ante la Dirección de la Unidad Académica Básica, para que esta remita la documentación pertinente a las Oficina de Personal o quien haga sus veces en las sedes, para que se adelanten las gestiones a que haya lugar.

Acuerdo 123 de 2013 del CSU.
Circular 4 de 2014 de Rectoría.
Circular 7 de 2014 de Rectoría.
Renovación de nombramiento: ver Procedimiento U.PR.08.002.012.

Las situaciones administrativas se refieren a diferentes dinámicas del servicio en las que tienen lugar trámites y condicionamientos para su realización. Estas situaciones son:

  • Servicio Activo
  • Permiso
  • Licencia
  • Comisiones
  • Vacaciones
  • Suspensión disciplinaria
  • Descanso Remunerado
  • Periodo sabático

Acuerdo 123 de 2013 del CSU
Acuerdo 132 del 2013 del CSU
Acuerdo 138 de 2014 del CSU
Acuerdo 169 de 2014 del CSU
Acuerdo 134 de 2013 del CSU
Acuerdo 23 de 2008 del CSU
Resolución 1955 de 2008
Acuerdo 171 de 2014 del CSU
Situaciones Administrativas Generales: ver procedimiento U.PR.08.007.028.
Incapacidad Laboral: ver procedimiento U.PR.08.007.036.
Evaluación del desempeño de cargos académico-administrativos: ver procedimiento U.PR.08.003.001 y el formato U.FT.08.007.038.

El Régimen Disciplinario se ha dispuesto con fines preventivos. En esta perspectiva el propósito es solucionar situaciones determinadas y prevenir un tratamiento de naturaleza disciplinaria.

Además, el Régimen Disciplinario establece la reglamentación debida y necesaria de instancias y medios disciplinarios para el buen desarrollo de la actividad académica.

Al mismo tiempo, el Régimen Disciplinario es claro en señalar prohibiciones, inhabilidades, incompatibilidades e impedimentos en el marco del servicio público. En ese marco, determina los Tribunales generados con competencias y regulaciones específicas.