Renovación de nombramiento
La renovación de nombramiento está determinada por el artículo 25 del Acuerdo 123 de 2013 del CSU y está reglamenta por la Circular 4 de 2014 de Rectoría, cuyo asunto es la “Aplicación artículo 25 del Acuerdo 123 de 2013 del CSU – Estatuto de personal académico - Renovación de nombramiento”; y por la Circular 7 de 2014 de Rectoría, cuyo asunto es “Renovación de nombramiento - Precisión al numeral 6 de la Circular 4 de 2014 de Rectoría”.
*Definiciones asociadas a la renovación de nombramiento, las actividades vinculadas, las dependencias responsables, y los formatos y sistemas de información utilizados, pueden ser revisados, en detalle, en el Procedimiento U.PR.08.002.012 de las renovaciones de nombramiento de personal docente.
Los profesores de la carrera profesoral universitaria, independientemente de su dedicación, estarán vinculados laboralmente a la Universidad Nacional de Colombia por períodos fijos, de acuerdo con su categoría por los periodos de tiempo presentados en la Tabla:
2 años | 4 años | 6 años | 8 años |
Profesor Auxiliar | Profesor Asistente | Profesor Asociado | Profesor Titular |
*La evaluación integral satisfactoria al finalizar un período de nombramiento es condición necesaria para la renovación en la misma categoría y dedicación.
Según el artículo 25 del Acuerdo 123 de 2013 del CSU.
Los profesores titulares con 15 años o más de vinculación en la carrera profesoral de la Universidad Nacional de Colombia tienen derecho automáticamente a la tenencia del cargo. Los profesores asociados con 25 años o más de vinculación en la carrera profesoral de la Universidad Nacional de Colombia tienen derecho automáticamente a la tenencia del cargo.
Los parágrafos 2 y 3 del artículo 25 del Acuerdo 123 de 2013 del CSU.
La Circular 4 de 2014 de Rectoría, la cual fue precisada por la Circular 7 de 2014 también expedida por la Rectoría, establece las reglas procedimentales para la renovación de nombramiento del personal académico de carrera universitaria, respecto a la aplicación artículo 25 del Acuerdo 123 de 2013 del CSU - Estatuto de Personal Académico; dichas circulares establecen lo siguiente:
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Como se mencionó anteriormente, la Circular 7 de 2014 de Rectoría precisa el procedimiento expuesto en el numeral 6 de la Circular 4 de 2014 de Rectoría, de la siguiente manera:
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Artículo 18 del Acuerdo 123 de 2013 del CSU. |
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