Evaluación de las hojas de vida a los docentes que ingresan por primera vez o reingresan a la carrera docente
La evaluación de las hojas de vida es la base mediante la cual se asigna el puntaje. Esta evaluación determinará tanto la categoría de ingreso dentro del escalafón docente, así como el cálculo de la remuneración inicial del profesor a vincular.
Decreto 1279 de 2002 y el Acuerdo 23 de 2008 del CSU "Por el cual se reglamenta la aplicación del Decreto 1279 de 2002 en la Universidad Nacional de Colombia”.
Los criterios susceptibles a reconocimiento de puntaje son:
- Títulos universitarios
- Experiencia calificada anterior al ingreso
- Productividad académica
- Categoría en el escalafón docente
Los títulos objeto de puntaje son:
- Títulos de pregrado
- Títulos de posgrado
El Capítulo II del Acuerdo 23 de 2008 del CSU se refiere a los factores para la asignación de puntos salariales por títulos de posgrado.
*El parágrafo 3 del artículo 8 del Acuerdo 123 de 2013 del CSU establece que para participar en un concurso profesoral, los títulos exigidos dentro de la convocatoria del concurso profesoral que hayan sido obtenidos en el exterior deberán estar debidamente convalidados por el Ministerio de Educación Nacional.
1.1 Títulos de pregrado
1.1178 PTS | 183 PTS |
por Título de pregrado | por Título de pregrado en Medicina |
*Para los docentes que posean varios títulos universitarios de pregrado, el CIARP tiene en cuenta únicamente el que guarde relación directa con la actividad académica solicitada en la convocatoria del concurso profesoral.
1.2 Títulos de posgrado
1.2El puntaje salarial máximo acumulado por títulos de posgrado es:
120 PTS | 140 PTS |
Si tiene: 1 Doctorado, o | Si tiene: 1 Especialización + 1 Maestría + 1 doctorado, o |
La experiencia calificada anterior al ingreso, objeto de puntaje, es:
- Docente
- Investigativa
- Profesional
- Profesional en cargos de dirección académica
*En los casos de Medicina Humana y Odontología, según el parágrafo 1 del artículo 17 del Acuerdo 23 de 2008 del CSU, se podrá reconocer puntaje por actividades relacionadas a sus estudios posgrados.
*Las certificaciones de la experiencia calificada deben especificar el tipo de dedicación (indicar la intensidad de horas por semana, mes o semestre), y las fechas de vinculación y desvinculación.
Artículo 9 del Decreto 1279 de 2002 y Capítulo IV del Acuerdo 23 de 2008 del CSU.
Los puntajes asignados por tipo de experiencia, equivalentes a tiempo completo, por año, son:
4 PTS | 6 PTS | 4 PTS | 3PTS |
Tipo de Experiencia:
| Tipo de Experiencia:
| Tipo de Experiencia: Profesional en cargos de dirección | Tipo de Experiencia: Profesional diferente a docente |
*Se reconoce dedicación medio tiempo a experiencia calificada que se haya desarrollado simuntáneamente con estudios de posgrado.
*Cuando resulten fracciones de año se liquida el puntaje proporcional correspondiente.
*La experiencia calificada desarrollada a través de contratos de prestación de servicios, consultorías y asesorías, que no pueden certificar su dedicación en los términos consagrados en la normatividad, se le reconoce una dedicación de medio tiempo (parágrafo 3 del artículo 17 del Acuerdo 23 de 2008 del CSU).
*Cuando se certifique el desarrollo simultáneo de diversas modalidades de experiencia certificada en un mismo año, se busca el beneficio del docente seleccionando la experiencia que le represente mayor puntaje. En el evento en que no se alcance el tiempo completo, se procede a evaluar la siguiente modalidad, sin que esta exceda el término correspondiente a un tiempo completo por año.
Artículo 9 del Decreto 1279 de 2002 y Capítulo IV del Acuerdo 23 de 2008 del CSU.
El puntaje máximo por experiencia calificada para las categorías académicas dentro del escalafón docente es:
20 PTS | 45 PTS | 90 PTS |
Profesor Auxiliar | Profesor Auxiliar | Profesor Auxiliar |
Se reconoce puntaje por productividad académica así:
Puntaje no sujeto a evaluación por pares por el Comité:
- Artículos en revistas especializadas
- Premios nacionales e internacionales
- Patentes de invención
Puntaje sujeto a evaluación por pares por el Comité:
- Producciones de videos cinematográficos o fonográficos
- Libros de investigación, de texto o de ensayo
- Capítulos de libro de investigación, de texto o de ensayo
- Entrada o voz en diccionarios enciclopédicos o catálogos científicos
- Producción técnica
- Producción de software
- Traducciones de libro
- Obras artísticas
El artículo 10 del Decreto 1279 del 2002 y los capítulos V y VI del Acuerdo 23 de 2008 del CSU determinan los criterios de asignación de puntaje por productividad académica a los docentes que ingresen o reingresen a la carrera profesoral universitaria.
*Se debe tener en cuenta que existen topes para la asignación de puntaje por productividad académica para el ingreso de acuerdo con la categoría en el escalafón docente asignada, así:
Hasta | Hasta | Hasta |
80 pts | 160 pts | 320 pts |
Para Profesor Auxiliar | Para Profesor Asistente | Para Profesor Asociado |
*La sumatoria de los puntos por productividad académica producidos antes de su vinculación con la Universidad Nacional de Colombia no podrá superar el tope referido. El excedente de puntos no podrá ser reconocido en ningún momento después de la vinculación.
*El Comité enviará a revisión de pares evaluadores los productos que fueron presentados por el ganador en los plazos definidos para la entrega de los documentos adicionales de la convocatoria del Concurso Docente; los reconocimientos que se deriven de este proceso tendrán efectos retroactivos a la fecha de posesión de acuerdo a lo definido en el artículo 11 del Decreto 1279 de 2002. Una vez conocidos dichos puntos el docente podrá solicitar la revisión de la categoría docente en la cual fue posesionado, si considera que cumple los requisitos para estar clasificado de una categoría docente de mayor nivel.
Las categorías en el escalafón docente son:
- Profesor auxiliar
- Profesor asistente
- Profesor asociado
- Profesor titular
* El capítulo IV del Acuerdo 123 de 2013 del CSU define los requisitos para la vinculación en cada categoría.
Los requisitos y el puntaje para cada categoría son:
4.1 Profesor Auxiliar
4.1Para considerar la aspiración al cargo de Profesor auxiliar se requiere:
- Haber sido seleccionado mediante concurso profesoral.
- Acreditar título de Especialidad en el área de la Salud o de Maestría para las demás áreas.
Conforme al artículo 16 del Acuerdo 23 de 2008 del CSU, el puntaje para la categoría de profesor auxiliar, cualquiera que sea su dedicación, es:
37 PTS |
Profesor Auxiliar |
4.2 Profesor Asistente
4.2En el caso de la aspiración a Profesor Asistente se requiere:
- Haber sido seleccionado mediante concurso profesoral.
- Acreditar experiencia docente de nivel universitario, con una intensidad mínima de 500 horas de docencia.
- Acreditar título de Especialidad en el área de la Salud o de Maestría en las demás áreas, y producción académica reconocida por la Universidad equivalente a treinta (30) puntos como mínimo
*Este último requisito puede sustituirse por la acreditación de un título correspondiente a una Subespecialidad Clínica en el área de la salud o de Doctorado para las demás áreas.
Conforme al artículo 16 del Acuerdo 23 de 2008 del CSU, el puntaje para la categoría de profesor asociado, cualquiera que sea su dedicación, es:
58 PTS |
Profesor Asistente |
4.3 Profesor Asociado
4.3Para pertenecer a la categoría de Profesor Asociado los requisitos mínimos son:
- Haber sido seleccionado mediante concurso profesoral.
- Cumplir los requisitos para ser Profesor Asistente.
- Acreditar título de doctorado.
- Acreditar experiencia docente de nivel universitario, con una intensidad mínima de 1000 horas de docencia directa, o experiencia profesional mínima de 5 años.
- Acreditar trayectoria investigativa con producción académica reconocida por la Universidad, de 60 puntos mínimo.
- Haber dirigido Tesis de Doctorado, de Maestría o Trabajos Finales de Maestría.
Conforme al artículo 16 del Acuerdo 23 de 2008 del CSU, el puntaje para la categoría de profesor asociado, cualquiera que sea su dedicación, es:
74 PTS |
Profesor Asociado |
4.4 Profesor Titular
4.4Para aspirar al cargo de profesor titular se debe acceder a través de la promoción desde la categoría de profesor asociado. Los requisitos se pueden revisar en link “Promoción en el escalafón docente”.
Conforme al artículo 16 del Acuerdo 23 de 2008 del CSU, el puntaje para la categoría de profesor titular, cualquiera que sea su dedicación, es:
96 PTS |
Profesor Titular |